jueves, noviembre 21
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Banco Popular recuerda a organizaciones sociales proceso de inscripción ante Sugef

  • Deben inscribirse, entre otros, las asociaciones solidaristas, cooperativas de ahorro y crédito no supervisadas y las cooperativas de servicios múltiples que no son supervisadas como entidades financieras y otorgan facilidades crediticias.

SAN JOSE, Costa Rica.  En su compromiso permanente de apoyar la gestión que realizan las organizaciones sociales del país, el Conglomerado Financiero Banco Popular recuerda que el próximo 29 de febrero vence el plazo del periodo de inscripción que dichas instancias deben efectuar como sujetos obligados ante la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef).

Este proceso se estableció mediante una reforma al Reglamento para la inscripción y desinscripción ante la Superintendencia de los sujetos obligados que realizan alguna o algunas de las actividades descritas en los artículos 15 y 15 bis de la Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo.

La legislación determina expresamente el deber de inscripción ante la Sugef de las asociaciones solidaristas, las cooperativas de ahorro y crédito no supervisadas y las cooperativas de servicios múltiples que no son supervisadas como entidades financieras y otorgan facilidades crediticias.

De igual forma, tienen el deber de inscripción las personas físicas o jurídicas que otorguen cualquier tipo de facilidad crediticia (créditos personales y de consumo, crédito para compra de bienes inscribibles ante el Registro, arrendamiento de bienes con opción de compra, factoreo) de forma organizada y habitual, que operen con cuentas en entidades financieras supervisadas por alguna de las superintendencias adscritas al Conassif.

Para efectos del Reglamento, no se consideran facilidades crediticias las ventas de productos finales, insumos o materias primas, enseres (tales como utensilios, muebles, electrodomésticos, entre otros), equipos de cómputo, planes vacacionales, planes funerarios, servicios de salud, facilidades para planes estudiantiles, entre otros, donde el comprador recibe el bien o servicio y lo paga de forma diferida en el futuro.

Cabe recalcar que esta obligatoriedad de inscripción no aplica para las personas físicas o jurídicas que presten estos servicios crediticios y que tengan una transaccionalidad promedio mensual durante los últimos doce meses igual o inferior a los $5.000, o su equivalente en otras monedas, dentro del sistema financiero, así como y aquellas asociaciones solidaristas que exclusivamente tengan créditos activos con sus asociados.

La inscripción debe realizarse, a más tardar el próximo 29 de febrero, a través de del Sistema de Inscripción de Personas Obligadas (IPO), disponible en la siguiente dirección electrónica: https://www.sugefdirecto.sugef.fi.cr

ACOMPAÑAMIENTO Y EVITAR INCONVENIENTES

Mario Roa, Subgerente General de Negocios, recalcó que el Banco Popular prioriza siempre la tranquilidad de sus clientes, entre los cuales se destacan precisamente asociaciones solidaristas, cooperativas y personas físicas y jurídicas que deben cumplir con la normativa y el proceso de inscripción ante Sugef, motivo por el cual se ha brindado un acompañamiento para que puedan apoyarse en la gestión de nuestros equipos, tanto para inscribirse o ya sea para reportar la no necesidad de hacerlo, según corresponda, y así mantener el desarrollo y crecimiento de sus proyectos y el bienestar de sus agremiados.

A partir de lo establecido en la reforma al Reglamento de inscripción de sujetos que realizan actividades descritas en la Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo (Ley 7786), es muy importante que las instancias que efectúen dicha inscripción la reporten debidamente a su entidad financiera; también deben reportarse las cuentas que utilizarían para gestionar sus actividades reportadas. En el caso de no estar obligadas a inscribirse ante Sugef, las organizaciones deben presentar una declaración jurada notarial donde describan las situaciones normadas que las excluyen de este proceso de supervisión.

El Banco Popular recuerda que, de no cumplirse con el proceso de inscripción y/o reporte de la gestión que estipula la ley, las instituciones financieras supervisadas tienen la obligación de suspender todos los servicios financieros que la organización social mantenga a partir del 01 de marzo del 2024.

“Reiteramos como Banco Popular nuestro compromiso con las organizaciones que deban inscribirse, y estamos en toda la disponibilidad de apoyarles en su gestión, atender sus consultas y evitar así cualquier inconveniente en su operativa. Invitamos a nuestros clientes a acercarse a las Oficinas Comerciales, así como estar atentos y responder las diferentes comunicaciones e información que la Entidad ha hecho llegar a sus representados”, destacó Mario Roa.

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