sábado, julio 27
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Aprobada Ley para imponer multas para conductores que choquen o dañen señales del tren

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Se aprobó en primer debate un proyecto de ley que contiene multas y acumulación de puntos en la licencia de las personas conductoras que choquen, cometan infracciones, irrespetos a la señal de alto, obstrucción al derecho ferroviario o dañen los dispositivos del sistema de alerta y prevención ante el paso del tren.

La medida intenta seguir mejorando las condiciones para la convivencia con respeto, protección de las personas y los cuidados a la hora de conducir vehículos en relación con el servicio público de transporte ferroviario.

El proyecto de ley es una modificación parcial a la Ley de Tránsito por vía públicas terrestres y seguridad Vidal de la Ley 9078 del octubre del 2012. Los cambios se van a introducir en los artículos 136, 144 y 145.

“Nos complace y queremos destacar y resaltar desde la fracción del PAC y del Poder Ejecutivo el avance de esta ley podemos seguir reforzando acciones concretas para mejorar la movilidad de las personas y que nos permita reestablecer una cultura de convivencia con el tren, que hemos perdido y que debemos recuperar. Además esta legislación es congruente con los esfuerzos que desde el Despacho de la Primera Dama, Claudia Dobles, se están ejecutando en materia de movilidad y de dotar al país del Tren Eléctrico de Personas” reforzó el Diputado Enrique Sánchez.

Las modificaciones

Lo que se plantea en el proyecto de ley es:

Artículo 136 modificar inciso b. Acumulación de puntos de forma automática en el expediente del conductor que haya cometido alguna de las infracciones categoría A de esta ley y quien por irrespetar la señal de alto en el derecho de vía ferroviario colisione contra el tren o alguno de sus vagones.

Artículo 144 introducir en el artículo h. Multa por irrespetar la señal de alto en el derecho de vía ferroviario dañe de cualquier forma los dispositivos colocados como sistema de alerta y prevención ante el paso del tren

Artículo 145 modificar artículo z. Multa a quien circule evadiendo el control o la señal de alto en el derecho de vía ferroviario, así como a quien estacione u obstruya con cualquier tipo de vehículo el derecho de vía ferroviario.

 

 

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