martes, diciembre 3
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Seguridad Pública fortalece acciones para combatir el tráfico de pólvora

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Los cuerpos policiales del Ministerio de Seguridad Pública anuncian el incremento de acciones operativas para evitar el tráfico y la comercialización de pólvora sin permiso alguno y que podría conllevar a quemaduras de consideración, especialmente en menores de edad.

Por ello, paralelamente a los patrullajes en las localidades fronterizas, los cuerpos policiales de Seguridad Pública también están intensificando los controles de carreteras en todo el país, además de aprestarse a la supervisión de los expendios de pólvora permitida, que legalmente se establezcan este fin y principio de año.

Se estará ejerciendo un estricto control sobre las ventas ilegales de pólvora, para lo cual la Institución solicita el apoyo ciudadano a fin de que denuncien al sistema de emergencias 9-1-1 a quienes comercialicen artefactos explosivos, o que les vendan pólvora de cualquier tipo a menores de edad.

Y es que, a la fecha, la Dirección de Armamento de Seguridad Pública ha entregado 309 permisos para venta de pólvora. Los permisos son válidos desde las cero horas del primero de noviembre del año dos mil dieciocho y se prolongan hasta las veinticuatro horas del día treinta y uno de enero del año dos mil diecinueve no siendo susceptible de prórroga automática. Cualquier persona que expenda pólvora fuera de este lapso está cometiendo un delito por vender pirotecnia sin permiso.

Ley contempla penas de hasta seis años de prisión a quienes introduzcan al país pólvora explosiva de manera ilegal

Cabe indicar que la Ley de Armas y Explosivos castiga, según el artículo 93, con penas de tres a siete años de prisión la venta de pólvora a menores o a personas con alguna discapacidad, además de que impone esa misma pena a quienes adquieran, comercien, transporten, almacenen y vendan artículos explosivos sin el respectivo permiso. Incluso, se impondrá una pena de dos a cinco años de prisión a los representantes, apoderados, gerentes o encargados del negocio, cuyo personal realice cualquiera de las acciones tipificadas en ese artículo, siempre y cuando se compruebe que tuvieron conocimiento de esas actuaciones y no las detuvieron.

Artículos no permitidos

Toda la pólvora explosiva está prohibida por la citada ley y no debe ser vendida a nadie, mucho menos a menores de edad, y de no cumplir con lo establecido, el local perderá los permisos de venta de pólvora permitida y se le aplicará una infracción.

Los artículos prohibidos son todos aquellos en que haya explosión total del artículo, tales como bombetas de cualquier tamaño, cohetes explosivos, morteros, tronadores, “espanta suegras”, baterías de misiles y cebollinos.

Los artículos pirotécnicos permitidos por el Ministerio de Salud y el Departamento de Armas y Explosivos del Ministerio de Seguridad son los que producen un efecto de luz blanca o de colores y no son explosivos

Medidas de seguridad

Los explosivos pirotécnicos deben ubicarse todo el tiempo dentro de una urna destinada exclusivamente para su almacenamiento sin exponerla directamente a rayos solares.

Debe mantenerse a un mínimo de un metro del límite de la estructura del negocio, dentro del establecimiento y lejos de fuentes de ignición/incendio. Además, ésta debe mantenerse cerrada de tal forma que a la misma solo puedan tener acceso las personas autorizadas e indicadas en esta resolución. Esta urna nunca podrá almacenar más de veinticinco kilos de productos pirotécnicos (peso total de los artefactos pirotécnicos incluyendo sus empaques). Los explosivos pirotécnicos nunca podrán ser exhibidos o almacenados fuera de esta urna y serán sacados únicamente para ser entregados al comprador.

El uso del material pirotécnico adquirido se encuentra limitado a adultos no afectados por alcohol o drogas y éstos son los responsables de implementar las medidas de seguridad pertinentes tales como un perímetro de seguridad no inferior a 1 metro de radio y a no suministrarle pirotecnia a menores.

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