viernes, julio 26
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Solicitud de permiso para eventos deportivos en vías públicas puede gestionarse en línea

Para recorridos en rutas nacionales o mixtas cuya autorización corresponde a la

Dirección General de Ingeniería de Tránsito del MOPT.

Solicitud puede gestionarse desde la plataforma de servicios

También mediante correo electrónico o de forma presencial en las sedes de

Ingeniería de Tránsito.

Toda solicitud deberá presentarse como mínimo 2 meses antes y como máximo 3 meses antes de la fecha a realizar la actividad.

La Dirección General de Ingeniería de Tránsito (DGIT) tiene habilitadas tres opciones para

gestionar la solicitud de permiso para realizar un evento deportivo en vías públicas terrestres,

conforme al reglamento publicado el pasado 9 de setiembre de 2022.

Las entidades interesadas podrán realizar este trámite mediante el sitio web del MOPT, a través

de correo electrónico o presentando la documentación de forma física en cualquiera de las 7 las

sedes de la DGIT.

El sitio web del MOPT alberga el Sistema Integrado de Servicios de Ingeniería de Tránsito

(SISIT), donde se agregó la opción para que ahora pueda tramitarse este permiso. La persona

interesada debe generar un usuario y a partir de ahí tendrá acceso a este y otros servicios

facilitados por esta dependencia. El enlace para ingresar directamente a esta plataforma es

Otra opción que se maneja actualmente es el envío de los requisitos mediante correo electrónico,

para esto se debe utilizar el correo facilitado de la sede más cercana a la ruta donde se realizará

el evento (ver tabla con detalle de los contactos).

Finalmente, se recibirán y tramitarán todas las solicitudes que se presenten de manera física en

las sede central y regionales de la Dirección General de Ingeniería de Tránsito.

Es importante aclarar que las tres opciones corresponden a un proceso de transición en que se

encuentra al trámite producto de la publicación del reglamento, ya que lo que corresponde es

que todo sea de forma virtual, por lo que la única opción que prevalecerá cumplida esta transición

será a través del sitio web del MOPT.

Para realizar una actividad deportiva, toda solicitud deberá presentarse como mínimo 2 meses antes y como máximo 3
meses antes de la fecha a realizar la actividad
.

Se recuerda que la totalidad de requisitos debe presentarse ante la DGIT, cuando el evento sea

en rutas nacionales o de recorrido mixto y en caso de realizarse en rutas cantonales corresponde

a la Municipalidad responsable de la ruta, la recepción y trámite de la solicitud.

El “Reglamento a la Ley para regular eventos deportivos en vías públicas terrestres” Decreto No

43666 tiene por objeto reglamentar los eventos deportivos que requieran para su realización, el

cierre o la utilización de vías públicas terrestres nacionales y cantonales, modificando o limitando

temporalmente el uso normal de las rutas.

Toda solicitud deberá presentarse como mínimo 2 meses antes y como máximo 3 meses antes

de la fecha a realizar la actividad.

El Reglamento define además el cobro por el costo del operativo cuyo monto deberá ser

cancelado mediante depósito bancario a las cuentas del Fondo General de Gobierno,

pertenecientes a la Tesorería Nacional del Ministerio de Hacienda, facilitadas en el decreto.

Nunca se solicitará el depósito de dinero a cuentas particulares, sinpe móvil o en efectivo.

El detalle del reglamento puede ser consultado mediante el

enlace: https://www.mopt.go.cr/reglamentoeventosdeportivos/ donde además se puede

descargar el decreto.

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