domingo, diciembre 22
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Reforma Fiscal Tributaria

José Max Mejías Hernández Máster en Asesoría Tributaria

Un mes tendrán los Magistrados de la Sala Constitucional para emitir pronunciamiento sobre la legalidad y constitucionalidad del Proyecto de Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.
Hay que recordar que todo el proceso de consolidación de las finanzas estatales inició este año con la implementación de la factura electrónica. Este mecanismo permite al gobierno tener un control cruzado entre las ventas y las compras entre empresas, lo cual, permitiría disminuir la evasión de impuestos.
La facturación como tal consta de tres fases, una de emisión de la factura, una de recepción y una final de confirmación, en la cual la persona debe aceptar la factura.
Aunque actualmente se encuentra en la Sala Constitucional por considerarlo que atenta contra la ley fiscal, el proceso de aceptación en este momento tiene una duración de ocho días para ser confirmada. Este proceso es importante, ya que, si las facturas no son aceptadas por el usuario, las mismas no podrán ser deducidas del impuesto de renta.
Actualmente, se encuentran excluidos de la facturación electrónica las distintas instituciones públicas, las entidades financieras y el Régimen Simplificado (el cual liquida sus impuestos según las compras realizadas).
La Sala Constitucional
Desde el pasado 26 de octubre, tres facciones de diputados enviaron consultas a la Sala Constitucional. Entre los fines que persiguen estas consultas encontramos los siguientes puntos:
• La constitucionalidad de gravar la canasta básica, lo que obliga a las familias en pobreza a pagar más impuestos.
• Determinar si el proyecto de ley riñe o no con la organización y funcionamiento del Poder Judicial, ya que, los mismos se opusieron a la iniciativa que pretende ponerle un tope al crecimiento de los salarios y de los beneficios salariales para los empleados públicos
¿Qué dice el texto?
Impuesto al Valor Agregado (IVA)
La primera de las propuestas del proyecto es la instauración del IVA en lugar del Impuesto Sobre las Ventas, un gravamen que seguiría bajo tasa del 13%.
Propone tasas reducidas al 4% para los medicamentos, 2% para la educación privada y los servicios salud privados, y el 1% a la canasta básica.
Este impuesto también faculta a la Administración Tributaria para que cobre el tributo a compras de servicios por medio de internet o cualquier otra plataforma digital que sean consumidos en el territorio nacional, tales como Netflix o Spotify, entre otros.
Impuesto de Renta
El impuesto de renta tendrá nuevos tramos de renta cuando los ingresos brutos no superen los ciento seis millones de colones (¢106.000.000,00)
Se gravará con un cinco por ciento (5%) sobre los primeros cinco millones de colones (¢5.000.000,00) de renta neta anual, diez por ciento (10%) sobre el exceso de cinco millones de colones (¢5.000.000,00) y hasta siete millones quinientos mil colones (¢7.500.000,00) de renta neta anual un quince por ciento (15%) sobre el exceso de siete millones quinientos mil colones (¢7.500.000,00) y hasta diez millones de colones (¢10.000.000,00) de renta y un veinte por ciento (20%) sobre el exceso de diez millones de colones (¢10.000.000,00) de renta neta anual.
Empleo Público
Entre las principales medidas, el texto reduce a la mitad los montos pagados por dedicación exclusiva y prohibición, al tiempo que evita su pago simultáneo. Este cambio además se une al pago máximo de 12 años por cesantía y topes a los salarios, incluidos los de Junta Directivas, como las que operan en los bancos.
Así mismo, el texto fiscal cierra con un impuesto a los contratos públicos administrativos del 0,5% y del 0,15% en el traspaso de bienes muebles e inmuebles.
De igual manera, si la Sala Constitucional avala dicho proyecto el próximo 26 de noviembre, el proyecto se debe someter a una segunda votación para su aprobación, el cual debe obtener una mayoría calificada, es decir, 38 diputados deben votar a favor de la ley para que quede en firme.

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